Artículo 1º: Disponer que el partido final del torneo organizado por la Liga San Lorencina del año 2.014, a disputarse el domingo 4 de enero de 2.015 entre el Club Atlético Sebastián Gaboto de la localidad de Gaboto, y el Club Atlético El Alba de la localidad de Maciel, se dispute en una cancha neutral que garantice las normas de seguridad mínimas para que puedan asistir las parcialidades de ambos clubes, con la debida separación y establecimiento de pulmones de distancia.-
Artículo 2º: Requerir a la Liga Sanlorencina que en el plazo de 30 días efectúe una evaluación de las instalaciones, con tomas fotográficas incluidas, de los Clubes que revistan en dicha liga a los fines de evaluar oportunamente el cumplimiento de las condiciones generales de seguridad mínimas requeridas para la realización de los encuentros futbolísticos.-
Artículo 3º: Notificar la presente a la Unidad Regional XV y a la Unidad Regional XVII, requiriéndoles la elaboración conjunta de una orden operacional para el partido, que incluya la previsión del traslado encapsulado de ambas parcialidades, y el operativo de la cancha en si mismo.-
Artículo 4º: Requerir a la División Operaciones de Provincia, y al área de operaciones de la Unidad Regional XV la notificación de la presente al Club Atlético Sebastián Gaboto, al Club Atlético El Alba de Maciel, a la Liga Sanlorencina de Futbol.-
b) Que se hubo corrido vista a ambas instituciones, firmando sus representantes la correspondiente notificación.
c) Que según Acta labrada en la sede de la Liga Regional Sanlorencina de Fútbol, de fecha 26 de diciembre de 2.014, ambas instituciones acuerdan en sus puntos c) y d) lo siguiente: c) Fijar como fecha de disputa la Segunda Final (Revancha) entre Sebastián Gaboto F.C. y Alba Argentina, el día 11/01/2015 a las 17,00 hs.
d) Determinar como estadios alternativos, ante eventual Inhabilitación del Estadio de Sebastián Gaboto F.C., a:
1) Polideportivo de Puerto General San Martín.
2) C.A. Timbuense.
3) Alba argentina (Cediendo éste la Localía a Sebastián Gaboto F.C.)
d) Que habiéndose remitido nota, vía correo electrónico, al Secretario de Seguridad en Competencias Deportivas y Espectáculos Masivos -Ministerio de Seguridad - de la Pcia. de Santa Fe, Dr. Pablo Farías, solicitando remisión de informes de las autoridades policiales actuantes y copias de las tomas fotográficas registradas, sin haber recibido respuesta, a la fecha, ni modificación de la Resolución Nº 007, de fecha 29 de diciembre de 2014.
SE DISPONE:
a) Programar el Cotejo Final (Revancha) de Primera División entre los Clubes Sebastián Gaboto F.C y Alba Argentina para el día 11 de Enero de 2.015, con hora de Inicio del mismo a las 17,00 horas.
b) Que el citado cotejo se dispute en el estadio del Polideportivo de Puerto General San Martín.
c) Correr vista a los clubes de la Resolución adoptada..
d) Informar a la D.O.P., de la Unidad Regional XVII, para organizar el operativo de Seguridad correspondiente.
e) Efectuar el club Sebastián Gaboto F.C., la solicitud de Adicionales Policiales y correspondiente depósito ante la División Operaciones Policiales de la Unidad Regional XVII de Policía, con asiento en la ciudad de San Lorenzo.
f) Correr vista a las autoridades del Polideportivo de Puerto General San Martín, de la resolución adoptada a los efectos de disponer su estadio para la realización del evento.